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Verifactu en 2027 o en 2028: la ley sigue en 2027, el aplazamiento aún no está en el BOE y esto es lo que haríamos ya

Por el equipo de m8d · Actualizado el

Un dependiente toca la pantalla de un TPV mientras sale un tique por la impresora
La caja que saca el tique es lo que cambia con Verifactu; quien factura todo a mano no tiene que hacer nada.Foto: Simon Kadula · Licencia Unsplash · Unsplash

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La respuesta corta

¿Desde cuándo, de verdad?
Por ley, el 1 de enero de 2027 si eres una sociedad y el 1 de julio de 2027 si eres autónomo. El octubre de 2028 de Hacienda aún no está en ninguna norma.
¿Me afecta?
Si haces facturas o tiques con un programa, un TPV o una caja, sí. Si son todas a mano, si tributas en el País Vasco o en Navarra o si estás en el SII, no.
¿Cuánto me cuesta?
Puede ser 0 €: la app de Hacienda es gratis si haces pocas facturas y sin tiques, y a mano también vale. Un programa, según lo que ya pagues.
¿Qué hago ya?
Nada que pagar con prisa: pregunta si tu programa o tu caja tendrá versión adaptada y si va incluida. Si eres una sociedad, tenla lista para enero.
¿Y si no hago nada?
Hoy, nada. Desde tu fecha, tener un programa que no cumple son 50.000 euros por cada año, según la Ley General Tributaria.

La respuesta corta

Verifactu, hoy: la ley sigue diciendo 2027 y el 2028 de Hacienda todavía no está en ninguna norma

VERI*FACTU obliga a que el programa, el TPV o la caja con que haces facturas no deje borrarlas ni cambiarlas. Por ley, las sociedades tienen que cumplir desde el 1 de enero de 2027 y los autónomos desde el 1 de julio de 2027. El aplazamiento a octubre de 2028 que anunció Hacienda el 5 de octubre aún no está en el BOE (21 de octubre de 2026).

  • Sociedades, por ley1 ene 2027si facturan con programa, TPV o caja
  • Autónomos, por ley1 jul 2027y el resto: comunidades de bienes, profesionales
  • Lo anunciadoOct 2028Hacienda, 5 oct; aún sin norma en el BOE
  • Si no cumples50.000 €por cada año, desde que te obligue

Lo que haríamos nosotros: no pagar nada con prisa, ni por el titular del 2027 ni por el del 2028. Comprar un programa solo por un titular no merece la pena. Si haces tus facturas o tus tiques con un programa, un TPV o una caja, pregunta a quien te lo vende si ya tiene la versión adaptada y si va incluida en lo que pagas. Si eres una sociedad, que esa versión esté lista para enero, por si la norma del aplazamiento no llega a tiempo. Si haces todas tus facturas a mano, puedes seguir así. Y si haces pocas y sin tiques, la aplicación gratis de Hacienda te sirve.

Por qué no damos el 2028 por hecho: el mismo 5 de octubre en que Hacienda lo anunció se disolvieron las Cortes para las elecciones del 29 de noviembre, y el aplazamiento necesita una norma que hoy no existe. El año pasado, el retraso a 2027 llegó en un real decreto-ley publicado el 3 de diciembre, a cuatro semanas de la fecha que tocaba. Puede volver a pasar igual; lo que nadie sabe todavía es si pasará.

Para tener Verifactu en regla

Ver 4 másPara entrar en la app · Si ya usas programa, TPV o caja

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Lo que se dice de Verifactu estas semanas, y si es verdad

Lo que más se repite desde el anuncio del 5 de octubre en titulares, vídeos y comentarios, contrastado con el BOE, la nota de Hacienda y las respuestas de la Agencia Tributaria.

  • ProbableEn el anuncio · 5 oct 2026

    «Verifactu se aplaza a octubre de 2028»

    Quién lo dice: Casi todos los titulares desde el 5 de octubre

    Es lo que anuncia el Ministerio de Hacienda, pero su nota se titula «Previsión de modificación» y habla de lo que hará «una vez aprobada». A 21 de octubre no hay ninguna norma en el BOE y la ley sigue diciendo 2027.

    Ver la fuente en hacienda.gob.es ›

  • FalsoEn el anuncio · 5 oct 2026

    «Hacienda retrasa Verifactu a octubre de 2027»

    Quién lo dice: El titular de un diario del 5 de octubre y una nota patrocinada del 21

    El 2027 no es nuevo: viene del real decreto-ley de diciembre de 2025. Y octubre de 2027 es la fecha de la factura electrónica para quien factura más de 8 millones al año, que es otra obligación.

    Ver la fuente en elcorreo.com ›

  • FalsoEn España · 20 oct 2026

    «Verifactu y la factura electrónica son lo mismo»

    Quién lo dice: Cuatro de cada diez pymes y autónomos, según la encuesta de un fabricante de programas de facturación

    Verifactu decide cómo guarda (o manda a Hacienda) tu programa cada factura. La factura electrónica decide cómo se la mandas a otra empresa. Tienen fechas distintas, aunque Hacienda quiere juntarlas en 2028.

    Ver la fuente en muypymes.com ›

Las fechas de Verifactu: lo que dice la ley hoy y lo que ha anunciado Hacienda

Dos personas revisan papeles con un bolígrafo junto a dos portátiles abiertos
Hasta que salga la norma del aplazamiento, la fecha que vale es la de la ley: 2027.Foto: Scott Graham · Licencia Unsplash · Unsplash

La ley, hoy. El reglamento de Verifactu es el Real Decreto 1007/2023. Su última fecha la puso el Real Decreto-ley 15/2025 (BOE del 3 de diciembre de 2025), que el Congreso convalidó el 11 de diciembre: las sociedades tienen que tener su programa de facturación adaptado antes del 1 de enero de 2027, y el resto (autónomos, profesionales, comunidades de bienes) antes del 1 de julio de 2027. Es lo que sigue publicando la Agencia Tributaria en su página, actualizada el 13 de octubre.

Lo anunciado. El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda publicó una nota titulada «Previsión de modificación de los plazos». Dice que se va a «proceder al aplazamiento» hasta octubre de 2028, «para hacerlas coincidir con la obligatoriedad de la factura electrónica» de quien factura hasta 8 millones al año, y que después vendrá otra modificación para acercar Verifactu a las normas europeas que llegan. Es una intención con fecha, no una norma.

Por qué no es seguro todavía, y nuestra lectura. Ese mismo 5 de octubre se disolvieron las Cortes para las elecciones del 29 de noviembre, y del 5 al 21 de octubre el BOE no ha publicado nada que cambie el reglamento; la federación de autónomos ATA avisa de que depende de un real decreto-ley que aún no existe. Lo más probable es que salga, porque el Gobierno lo ha puesto por escrito y lo ata a una fecha ya publicada, la de la factura electrónica. Pero mientras no esté en el BOE, manda 2027: para un autónomo eso deja margen hasta el verano; para una sociedad, hasta diciembre. Esta página se actualiza el día que salga la norma.

Herramienta

¿Te afecta Verifactu? Tu caso en tres preguntas

Comprobador de Verifactu: si te afecta y qué fecha manda en tu caso

Tres preguntas que sabes sin buscar papeles. Te decimos si te toca, qué fecha manda hoy en tu caso y lo que haríamos. Gratis y sin cuenta.

¿Cómo trabajas?
¿Cómo haces hoy tus facturas o tiques?
¿Alguno de estos es tu caso?

Lo que pondríamos nosotros

Te afecta, y tu fecha legal es el 1 de julio de 2027

Mientras no salga la norma del aplazamiento a octubre de 2028, tu fecha es el 1 de julio de 2027. Tienes margen: no pagues nada con prisa, pero pregunta a quien te vende tu programa, TPV o caja si tendrá versión adaptada y si va incluida en lo que ya pagas.

Fuentes: Real Decreto 1007/2023 (texto consolidado del BOE, 3 de diciembre de 2025) y preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria sobre su ámbito, actualizadas el 21 de octubre de 2026.

Quién queda fuera de Verifactu aunque haga facturas

Un talonario de facturas abierto junto a una calculadora sobre una mesa de madera
Las facturas a mano siguen valiendo, siempre que sean todas a mano.Foto: FIN · Licencia Unsplash · Unsplash

La Agencia Tributaria lo resume en cuatro condiciones. Te afecta si haces facturas en España y no estás en ninguno de estos casos:

  • Facturas solo a mano. Si todas son a mano, en talonario, no te toca. Mezclar no vale.
  • Estás en el SII, el sistema con el que las empresas grandes mandan el IVA a Hacienda casi al momento: ya cumples por ahí.
  • Tienes tu domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra: allí manda su propia norma.
  • Tienes una resolución de Hacienda que te exime, algo muy raro.

Y cuatro casos que se preguntan mucho. El Excel o el Word usados solo para escribir, imprimir y guardar facturas no cuentan como programa de facturación; con una macro que te hace el libro de facturas, sí. El recargo de equivalencia (muchas tiendas pequeñas): en general no te afecta, porque en ese régimen no estás obligado a hacer factura salvo excepciones; si la haces con un programa, sí. Los módulos: la Agencia Tributaria no los trata aparte, así que lo que cuenta es lo mismo, si sacas facturas o tiques con un programa o una caja. Alquilar un piso sin una persona contratada a jornada completa no es actividad económica, y no te toca.

Lo que no te saca de Verifactu es facturar poco. No hay mínimo: un autónomo con seis facturas al mes que las hace con un programa está dentro, igual que uno con seiscientas.

Cuánto cuesta cumplir con Verifactu: 0 euros con la app de Hacienda, si te sirve

Cumplir puede salirte gratis de dos formas: seguir con todas las facturas a mano, o usar la aplicación gratuita de facturación de la Agencia Tributaria. Es un formulario en su web: no se instala nada, entras con tu certificado, tu DNI electrónico o Cl@ve Móvil, rellenas la factura y te la da con su código QR mientras manda el registro a Hacienda. Guarda tu lista de clientes y de productos, y hace facturas normales y rectificativas.

Lo que no hace, y casi nadie cuenta: no hace tiques, solo facturas completas con los datos del cliente; cada factura tiene que llevar destinatario; y lo que emitas en ella se queda en ella, porque no se puede pasar después a otro programa. La propia Agencia Tributaria la dirige a quien hace «un número reducido de facturas al año». Para una diseñadora o un fontanero que hacen diez facturas al mes a otras empresas o a particulares con nombre, la app te sobra, y no merece la pena pagar un programa solo por Verifactu. Para un bar, una peluquería o una tienda que dan tiques, no sirve.

Para entrar con el DNI electrónico desde el ordenador hace falta un lector, como el Woxter lector de DNI electrónico USB-C 8,00 €; con Cl@ve Móvil basta el teléfono. Un programa de pago es otra cosa: si ya tienes uno, pregunta si la versión adaptada va incluida en lo que pagas antes de cambiar de nada.

Programa, TPV o caja registradora para Verifactu: qué mirar antes de pagar

No hay programas homologados. Hacienda no aprueba ni registra ninguno: cada fabricante firma una declaración responsable, una autocertificación que tiene que estar dentro del programa (en la ayuda o en la información) y a tu disposición antes de comprarlo. Te recomendamos pedirla antes que nada. Cada versión lleva la suya.

Si ya tienes programa, TPV o caja, no cambies por cambiar: pregunta a quien te lo vende si su versión adaptada va incluida en tu cuota o se paga aparte. Una caja registradora antigua que su fabricante no va a actualizar sí habrá que cambiarla cuando llegue tu fecha, y las que se venden por 100 o 200 euros sin un fabricante al que pedir la declaración no te resuelven nada, por mucho que el anuncio diga «Verifactu».

El datáfono del banco, el que solo cobra con tarjeta, no hace facturas: lo que cambia es la caja o el programa que te saca el tique. Si vendes por internet con WooCommerce, PrestaShop o Shopify, el que tiene que cumplir es el complemento o la aplicación que te hace la factura.

Odoo, Holded, Factusol y Contasimple son los programas que más se buscan junto a Verifactu. Para elegir entre esos o cualquier otro, nos fijaríamos en tres cosas: que haga tiques si los das, que te enseñe su declaración responsable y lo que cuesta al año, no la oferta del primer mes.

Qué hacer ya con Verifactu y qué no hace falta todavía

Una persona revisa unas facturas en papel junto a un portátil abierto sobre una mesa roja
Lo primero no es comprar nada: es saber cómo haces hoy tus facturas.Foto: SumUp · Licencia Unsplash · Unsplash

Haz ya esto

  • Mirar cómo haces hoy tus facturas: con programa, TPV o caja te afecta; a mano, o con un Excel solo para escribir, no.
  • Preguntar a quien te vende tu programa, TPV o caja si tiene versión adaptada, si va incluida en lo que pagas y que te enseñe su declaración responsable.
  • Si eres una sociedad, tener esa versión lista para activarla en diciembre, por si no sale la norma del aplazamiento.
  • Si haces pocas facturas y sin tiques, probar la app gratis de Hacienda con tu Cl@ve o tu certificado.
  • Volver a mirar a mediados de diciembre: ahí se sabrá si el 1 de enero sigue en pie para las sociedades.

No hace falta todavía

  • Comprar un programa, un TPV o una caja nueva por un titular.
  • Mandar tus facturas a Hacienda: con VERI*FACTU es una opción, no una obligación.
  • Dejar el Excel si solo lo usas para escribir e imprimir las facturas.
  • Hacer nada si todas tus facturas son a mano, si tributas en el País Vasco o en Navarra o si estás en el SII.
  • Pagar ahora por la factura electrónica: es otra obligación, con sus fechas en octubre de 2027 y de 2028.

La multa de Verifactu: 50.000 euros por año, y a quién se le pone

Hoy, ninguna: la obligación de tener el programa adaptado empieza en 2027 (o en 2028, si sale el aplazamiento). Desde tu fecha, el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria pone una multa de 50.000 euros por cada año a quien tenga un sistema de facturación que no cumple: uno sin su declaración cuando la necesita, o uno alterado para que deje borrar ventas.

Al que fabrica o vende el programa le pone 150.000 euros por cada año y por cada programa que permita llevar dos contabilidades o tocar facturas ya hechas, y 1.000 euros por cada programa vendido sin su certificado. Y la ley no castiga dos veces a la misma persona por lo mismo: si te multan como fabricante, no te multan como usuario.

El artículo nació en 2021, en la ley de lucha contra el fraude fiscal, contra los programas que permiten borrar ventas. Por eso nos parece que el riesgo real de un autónomo honrado no es la multa: es pagar un programa nuevo con prisa, o quedarse en enero con una caja que no se puede actualizar.

No confundir

Verifactu no es la factura electrónica: son dos obligaciones con fechas distintas

Verifactu decide cómo guarda tu programa cada factura que haces, a una empresa o a un particular: que no se pueda borrar ni tocar, y si quieres, que se la mande a Hacienda. La factura electrónica obligatoria decide cómo se la mandas a otra empresa o a otro autónomo: en un formato que lee un ordenador, no en un PDF. A un particular no hace falta mandársela así.

La factura electrónica sí tiene fecha publicada: empezó a contar el 6 de octubre de 2026, con la orden que la desarrolla, y obliga desde el 6 de octubre de 2027 a quien factura más de 8 millones al año y desde el 6 de octubre de 2028 al resto. Es justo la fecha con la que Hacienda quiere hacer coincidir Verifactu.

Según una encuesta publicada el 20 de octubre por un fabricante de programas de facturación, cuatro de cada diez pymes y autónomos todavía las confunden. Si tu gestor te habla de una, pregúntale de cuál.

Cómo se ve

Cómo es una factura con VERI*FACTU: el código QR y la frase

Desde tu fecha, todas las facturas que salgan de un programa adaptado llevan impreso un código QR, también los tiques. Quien la recibe puede escanearlo con el móvil y comprobar en la Agencia Tributaria si esa factura le consta a Hacienda.

La frase «VERI*FACTU» solo va en las facturas de quien ha elegido mandar los registros a Hacienda en el momento. Si ves una factura con QR y sin la frase, no está mal hecha: es de un programa que las guarda en vez de enviarlas.

Y si te equivocas, la factura no se borra: se anula o se corrige con una rectificativa, y el programa deja rastro de las dos. Es justo lo que busca la norma.

La IA

Lo que contesta el modo IA de Google sobre Verifactu, y lo que se deja

La pregunta¿Cuándo es obligatorio Verifactu para autónomos y qué tengo que hacer?

El modo IA de Google, 21 de octubre de 2026«Para la mayoría de autónomos que usan programas de facturación, Verifactu será obligatorio a partir del 1 de julio de 2027 (...) Si facturas exclusivamente a mano en papel físico (sin ningún soporte informático ni Excel), no te afecta (...) busca un Software de Facturación homologado.»

Lo que no tiene en cuenta

  • No dice que Hacienda anunció el 5 de octubre el aplazamiento a octubre de 2028, que es lo primero que se pregunta hoy quien busca Verifactu.
  • El Excel no te obliga por sí solo: si solo lo usas para escribir, imprimir y guardar facturas, la Agencia Tributaria dice que no es un sistema de facturación.
  • No hay software homologado: cada fabricante firma su declaración responsable, y eso es lo que hay que pedir antes de pagar.
  • Uno de sus enlaces a la sede de la Agencia Tributaria lleva a una página que no existe (21 de octubre de 2026).

ChatGPT, con la misma pregunta el mismo día, sí separa la fecha de la ley del 2028 anunciado y aconseja no pagar con prisa. Lo que no cuenta es que las Cortes se disolvieron ese mismo día, ni que la app gratis de Hacienda no hace tiques.

Lo que ha cambiado

Las fechas de Verifactu en orden: de 2023 al aplazamiento anunciado

  1. 5 dic 2023

    Se aprueba el reglamento de Verifactu, el Real Decreto 1007/2023.

  2. 2 abr 2025

    El Real Decreto 254/2025 cambia el reglamento y sus fechas.

  3. 3 dic 2025

    El Real Decreto-ley 15/2025 lo retrasa un año: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. El Congreso lo convalida el 11 de diciembre.

  4. 5 oct 2026

    Hacienda anuncia que prevé aplazarlo a octubre de 2028, junto a la factura electrónica. Ese mismo día se disuelven las Cortes y se convocan elecciones para el 29 de noviembre.

  5. 6 oct 2026

    Entra en vigor la orden de la factura electrónica: obliga desde el 6 de octubre de 2027 a quien factura más de 8 millones y desde el 6 de octubre de 2028 al resto.

  6. 21 oct 2026

    Ninguna norma del aplazamiento en el BOE: la fecha legal sigue siendo la de 2027.

Tu caso

¿Y tú, cómo vas a hacer tus facturas?

¿Cómo vas a facturar cuando te toque Verifactu?

Un toque, sin cuenta. Puedes cambiar tu voto cuando quieras.

Pregunta

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Lo leen todos y contesta quien quiera, también el equipo. Se publica sin tu nombre ni tu correo.

Preguntas frecuentes sobre Verifactu

¿Cuándo entra en vigor Verifactu para autónomos?

Por ley, el 1 de julio de 2027 (las sociedades, el 1 de enero de 2027). Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que lo aplazará a octubre de 2028, pero a 21 de octubre esa norma no ha salido en el BOE.

¿Se ha prorrogado Verifactu otra vez?

Se ha anunciado, no aprobado. La nota del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026 es una «previsión de modificación»; hasta que no esté en el BOE, mandan las fechas de 2027.

¿Qué autónomos están exentos de Verifactu?

Los que hacen todas sus facturas a mano, los que están en el SII y los que tienen el domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra. En el recargo de equivalencia, en general tampoco, porque no hay obligación de facturar salvo excepciones. Facturar poco no exime.

¿Cómo conseguir Verifactu gratis?

Con la aplicación gratuita de facturación de la Agencia Tributaria, si haces pocas facturas y no das tiques (solo hace facturas completas con destinatario), o siguiendo con todas tus facturas a mano.

¿Tengo que mandar mis facturas a Hacienda?

No es obligatorio. Mandarlas es la modalidad VERI*FACTU, voluntaria; la otra opción es un programa que las guarda firmadas y sin que se puedan tocar.

¿Qué pasa si no uso Verifactu?

Si haces las facturas a mano, nada. Si las haces con un programa que no cumple cuando ya te toca, la multa es de 50.000 euros por cada año (artículo 201 bis de la Ley General Tributaria).

¿Es obligatoria la factura electrónica en 2026?

No. Obliga desde el 6 de octubre de 2027 a quien factura más de 8 millones al año y desde el 6 de octubre de 2028 al resto, y solo en las facturas entre empresas y profesionales.

¿Qué pasa si anulo una factura con Verifactu?

No se borra: el programa guarda un registro de la anulación, o se corrige con una factura rectificativa. Las dos quedan.

Fuentes

  1. Nota informativa: previsión de modificación de los plazos del Real Decreto 1007/2023 y convergencia con la factura electrónica · Ministerio de Hacienda, 5 de octubre de 2026
  2. Sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU · Agencia Tributaria, sede electrónica, actualizada el 13 de octubre de 2026
  3. Ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación · Agencia Tributaria, actualizada el 13 de octubre de 2026
  4. Real Decreto 1007/2023, texto consolidado · BOE, última actualización del 3 de diciembre de 2025
  5. Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre · BOE núm. 290, 3 de diciembre de 2025
  6. Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 15/2025 · Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2025 (BOE del 16 de diciembre)
  7. Preguntas frecuentes: ámbitos de aplicación · Agencia Tributaria, actualizadas el 21 de octubre de 2026
  8. Preguntas frecuentes: sistemas VERI*FACTU · Agencia Tributaria, actualizadas el 21 de octubre de 2026
  9. Preguntas frecuentes: declaración responsable · Agencia Tributaria, 21 de octubre de 2026
  10. Preguntas frecuentes: código QR y frase VERI*FACTU · Agencia Tributaria, 21 de octubre de 2026
  11. Guía de usuario de la aplicación gratuita de facturación · Agencia Tributaria, versión 1.0, 10 de octubre de 2025
  12. Ley 58/2003 General Tributaria, artículo 201 bis · BOE, texto consolidado
  13. Orden HAC/1028/2026, solución pública de facturación electrónica · BOE núm. 247, 5 de octubre de 2026
  14. Calendario de implantación de la factura electrónica · Agencia Tributaria, actualizado el 13 de octubre de 2026
  15. Elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 · INE
  16. Hacienda vuelve a generar caos entre los autónomos al anunciar que aplazará Verifactu sin aprobarlo en el BOE · Autónomos y Emprendedor, 16 de octubre de 2026